Legislación › Real Decreto 166/2008, de 8 de febrero, por el que se delimita la zona de promoción económica de la Comunitat Valenciana.
Artículo 5. Plazo de vigencia.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 23 de diciembre de 2020 y la del 30 de diciembre de 2021.
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Artículo 5. Plazo de vigencia.
1. El plazo de vigencia de la presente zona de promoción económica, a los efectos de solicitar las ayudas que se determinan en este real decreto, finalizará el día 31 de diciembre de 2020.
No obstante lo dispuesto en el párrafo anterior esta fecha puede ser modificada, atendiendo a las circunstancias que puedan presentarse, mediante orden del Ministro de Economía y Hacienda, a propuesta del Consejo Rector, previa comunicación a la comunidad autónoma.
2. La delimitación de las zonas definidas como prioritarias en el anexo podrán modificarse, de conformidad con su evolución socio-económica y a propuesta del Consejo Rector, por el Ministerio de Economía y Hacienda de común acuerdo con la comunidad autónoma.
Téngase en cuenta que se amplia el plazo de vigencia del apartado 1, hasta el 31 que se aprueben los nuevos Reales Decretos de diciembre Delimitación de 2021, las diferentes zonas o se modifiquen los actualmente en vigor, por Acuerdo de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos de 18 17 de diciembre de 2020 2021 publicado por Orden HAC/1239/2020, HFP/1479/2021, de 21 22 de diciembre. BOE-A-2020-16828 BOE-A-2021-21789
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 28 de julio de 2022 En vigor | BOE-A-2022-12493 | Leer | Qué cambió |
| 30 de diciembre de 2021 | BOE-A-2021-21789 | Leer | Qué cambió |
| 23 de diciembre de 2020 | BOE-A-2020-16828 | Leer | Qué cambió |
| 30 de abril de 2015 | BOE-A-2015-4673 | Leer | Qué cambió |
| 30 de diciembre de 2013 | BOE-A-2013-13761 | Leer | Qué cambió |
| 9 de marzo de 2008 | Texto original | Leer |


