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Legislación › Real Decreto 170/2008, de 8 de febrero, por el que se delimita la zona de promoción económica de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Artículo 6. Clases de incentivos regionales.

Artículo 6. Clases de incentivos regionales.

Los incentivos regionales que podrán concederse en la presente zona a los solicitantes que realicen proyectos de inversión y cumplan los requisitos exigidos en el Reglamento aprobado por Real Decreto 899/2007, de 6 de julio, y en el presente real decreto de delimitación, consistirán en subvención a fondo perdido sobre la inversión aprobada.

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