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Legislación › Ley 1/2008, de 20 de febrero, de contratos de cultivo.

Disposición adicional primera. Modelos de contratos de cultivo.

Disposición adicional primera. Modelos de contratos de cultivo.

El Departamento de Agricultura, Alimentación y Acción Rural debe elaborar los modelos de contratos de cultivo en el plazo de un año a contar desde la publicación de la presente ley en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.

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