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Legislación › Real Decreto 1686/2007, de 14 de diciembre, por el que se establece el título de Técnico Superior en Gestión de Alojamientos Turísticos y se fijan sus enseñanzas mínimas.

ANEXO IV

Comparación entre la redacción en vigor desde el 16 de enero de 2008 y la del 31 de diciembre de 2020. Tachado: lo que se quitó (122 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras). Volver al texto en vigor

ANEXO IV
Convalidaciones entre módulos profesionales establecidos en el título de Técnico Superior en Alojamiento, al amparo de la Ley Orgánica 1/1990 y lo establecido en el título de Técnico Superior en Gestión de Alojamientos Turísticos al amparo de la Ley Orgánica 2/2006
Módulos profesionales del Ciclo Formativo (LOGSE 1/1990):
Alojamiento
·
Módulos profesionales del Ciclo Formativo (LOE 2/2006):
Gestión de Alojamientos Turísticos
·
Recepción y atención al cliente. ·
0176. Recepción y reservas.
0177. Recursos humanos en el alojamiento.
0172. Protocolo y relaciones públicas.
·
Regiduría de pisos. ·
0175. Gestión del departamento de pisos. ·
Organización y control del alojamiento. ·
0174. Dirección de alojamientos turísticos. ·
Comercialización de productos y servicios turísticos. ·
0173. Marketing turístico.
0171. Estructura del mercado turístico.
·
Primer idioma extranjero ·
0179. Inglés. ·
Segundo idioma extranjero. ·
0180. Segunda lengua extranjera. ·
Formación y Orientación Laboral. ·
0182. Formación y Orientación Laboral. ·
Formación en Centros de Trabajo. ·
0184. Formación en Centros de Trabajo. ·
(Derogado)

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
31 de diciembre de 2020 En vigor BOE-A-2020-17274 Leer Qué cambió
16 de enero de 2008 Texto original Leer

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