Legislación › Real Decreto 1686/2007, de 14 de diciembre, por el que se establece el título de Técnico Superior en Gestión de Alojamientos Turísticos y se fijan sus enseñanzas mínimas.
Artículo 6. Relación de cualificaciones y unidades de competencia del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales incluidas en el título.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 16 de enero de 2008 y la del 29 de mayo de 2024.
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Artículo 6. Relación de cualificaciones y unidades de competencia del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales incluidas en el título.
Cualificaciones profesionales completas: profesionales:
a) HOT094_3: Recepción HOT094_3 (Real Decreto 295/2004, de 20 de febrero y Real Decreto 1700/2007, de 14 febrero, por el que se establecen determinadas cualificaciones profesionales que se incluyen en el Catálogo nacional de diciembre), cualificaciones profesionales, así como sus correspondientes módulos formativos que comprende las siguientes unidades se incorporan al Catálogo modular de competencia: formación profesional):
UC0263_3: Ejecutar y controlar Participar en el desarrollo de acciones comerciales y reservas.
UC0264_3: Realizar las actividades propias de la recepción.
UC0265_3: Gestionar departamentos del área de alojamiento.
UC1057_2: Comunicarse en inglés, con un nivel de usuario independiente, en las actividades turísticas. b) HOT333_3: Gestión de pisos y limpieza en alojamientos HOT333_3 (Real Decreto 1700/2007, de 14 de diciembre), diciembre, por el que comprende las siguientes unidades se complementa el Catálogo Nacional de competencia: Cualificaciones Profesionales, mediante el establecimiento de trece cualificaciones profesionales de la familia profesional hostelería y turismo):
UC1067_3: Definir y organizar los procesos del departamento de pisos y prestar atención al cliente.
UC1068_3: Supervisar los procesos del departamento de pisos.
UC0265_3: Gestionar departamentos del área de alojamiento.
Cualificaciones profesionales incompletas: c) Alojamiento rural HOT326_2 (Real Decreto 1700/2007, de 14 de diciembre):
a) HOT326_2:
UC1042_2: Gestionar y comercializar servicios propios UC2277_2: Adaptar las posibilidades del establecimiento de alojamiento rural. en el entorno rural al plan turístico local o comarcal, a su demanda y a sus planes de desarrollo.
d) Gestión de productos turísticos HOT772_3 (Real Decreto 148/2022, de 22 de febrero, por el que se establecen, actualizan y suprimen determinadas cualificaciones profesionales de las familias profesionales Agraria, Artes Gráficas, Hostelería y Turismo, Industrias Alimentarias y Química, recogidas en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales):
UC9999_3: Comunicarse en lengua inglesa con un nivel de usuario independiente (B1), según el marco común europeo de referencia para las lenguas, en el ámbito profesional.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 29 de mayo de 2024 En vigor | BOE-A-2024-10685 | Leer | Qué cambió |
| 16 de enero de 2008 | Texto original | Leer |


