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Legislación › Real Decreto 1686/2007, de 14 de diciembre, por el que se establece el título de Técnico Superior en Gestión de Alojamientos Turísticos y se fijan sus enseñanzas mínimas.

ANEXO V A)

Comparación entre la redacción en vigor desde el 16 de enero de 2008 y la del 29 de mayo de 2024. Tachado: lo que se quitó (62 palabras). Subrayado: lo que se añadió (33 palabras). Volver al texto en vigor

ANEXO V A)
Correspondencia de las unidades de competencia acreditadas de acuerdo a lo establecido en el artículo 8 de la Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, con los módulos profesionales para su convalidación
Unidades de competencia acreditadas ·
Módulos profesionales convalidables ·
UC0263_3: Ejecutar y controlar Participar en el desarrollo de acciones comerciales y reservas. ·
0173 0173. Marketing turístico. ·
UC0264_3: Realizar las actividades propias de la recepción. ·
0176 0176. Recepción y reservas.
0172 0172. Protocolo y relaciones públicas.
·
UC0265_3: Gestionar departamentos del área de alojamiento. ·
0176 0176. Recepción y reservas reservas.
0175 0175. Gestión del departamento de pisos.
·
UC1067_3: Definir y organizar los procesos del departamento de pisos y prestar atención al cliente. ·
0175 0175. Gestión del departamento de pisos.
0172 0172. Protocolo y relaciones públicas.
·
UC1068_3: Supervisar los procesos del departamento de pisos. ·
0175 0175. Gestión del departamento de pisos. ·
UC1057_2: UC9999_3: Comunicarse en inglés, lengua inglesa con un nivel de usuario independiente, en independiente (B1), según el marco común europeo de referencia para las actividades turísticas. lenguas, en el ámbito profesional ·
0179 Inglés. (*) 0179. Inglés profesional (GS). ·
(*) Podrá convalidarse de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 66.4 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
29 de mayo de 2024 En vigor BOE-A-2024-10685 Leer Qué cambió
16 de enero de 2008 Texto original Leer

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