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Legislación › Ley 14/2007, de 5 de diciembre, del Instituto Catalán Internacional por la Paz.

Artículo 12. Régimen jurídico.

Artículo 12. Régimen jurídico.

1. El Instituto Catalán Internacional por la Paz se rige por la presente ley, por su propio reglamento orgánico y, en todo cuanto le sea de aplicación, por la legislación reguladora del régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y por el resto de legislación de aplicación a la actuación, funcionamiento, contratación, contabilidad y financiación de los entes públicos.

2. Los acuerdos de la Junta de Gobierno y las resoluciones de su presidente o presidenta ponen fin a la vía administrativa y son susceptibles de recurso ante la jurisdicción contencioso-administrativa.

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