Legislación › Orden ITC/1316/2008, de 7 de mayo, por la que se aprueba la instrucción técnica complementaria 02.1.02 «Formación preventiva para el desempeño del puesto de trabajo», del Reglamento General de Normas Básicas de Seguridad Minera.
Disposición adicional única. Trabajadores que desempeñan funciones de coordinación de actividades empresariales o de recurso preventivo.
Disposición adicional única. Trabajadores que desempeñan funciones de coordinación de actividades empresariales o de recurso preventivo.
Sin perjuicio de la formación preventiva y del itinerario formativo específico correspondiente a su puesto de trabajo, queda fuera del ámbito de aplicación de la Instrucción técnica complementaria aprobada por la presente orden la formación específica para desempeñar funciones de coordinación de actividades empresariales o de recurso preventivo.


