Legislación › Real Decreto 865/2008, de 23 de mayo, por el que se regula la composición, funciones y funcionamiento de la Comisión Interministerial para el Medio Rural, del Consejo para el Medio Rural y de la Mesa de Asociaciones de Desarrollo Rural.
Artículo 2. Naturaleza.
Artículo 2. Naturaleza.
La Comisión Interministerial para el Medio Rural es un órgano colegiado interministerial, adscrita al Ministro de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, que tiene como función dirigir y coordinar la acción de los distintos departamentos ministeriales en relación con el medio rural y, en particular, las medidas de desarrollo rural reguladas en la Ley 45/2007, de 13 de diciembre, en especial para el logro simultáneo de sus objetivos económicos, sociales y medioambientales, de acuerdo con el Programa de Desarrollo Rural Sostenible.


