Legislación › Real Decreto 747/2008, de 9 de mayo, por el que se establece el Reglamento del régimen sancionador en materia de pesca marítima en aguas exteriores.
Artículo 1. Objeto.
Artículo 1. Objeto.
La potestad sancionadora en materia de pesca marítima regulada en el título V de la Ley 3/2001, de 26 de marzo, de Pesca Marítima del Estado se ejercerá mediante el procedimiento previsto en este reglamento, de acuerdo con los principios establecidos en el título IX de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.


