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Legislación › Ley 5/2008, de 24 de abril, del derecho de las mujeres a erradicar la violencia machista.

Artículo 16. Análisis e interpretación de la cultura de la violencia.

Artículo 16. Análisis e interpretación de la cultura de la violencia.

El Gobierno debe fomentar que las personas profesionales de la educación tengan una formación específica en materia de análisis e interpretación de las construcciones culturales que naturalicen el uso de la violencia y, concretamente, de la violencia machista.

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