Legislación › Ley 5/2008, de 24 de abril, del derecho de las mujeres a erradicar la violencia machista.
Artículo 26. Ayudas y subvenciones.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 9 de mayo de 2008 y la del 12 de agosto de 2015.
Tachado: lo que se quitó (61 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras).
Volver al texto en vigor
Artículo 26. Ayudas y subvenciones.
1. Las bases de las convocatorias de ayudas y subvenciones que tengan como beneficiarios a medios de comunicación deben incluir su compromiso de fomentar los derechos de las mujeres y evitar la discriminación de las mujeres. (Derogado).
2. El incumplimiento del compromiso establecido por el apartado 1 constituye una causa de revisión y, si procede, de revocación de la ayuda o subvención.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 12 de agosto de 2015 En vigor | BOE-A-2015-9676 | Leer | Qué cambió |
| 9 de mayo de 2008 | Texto original | Leer |


