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Legislación › Ley 5/2008, de 24 de abril, del derecho de las mujeres a erradicar la violencia machista.

Artículo 60. Servicios de intervención especializada.

Artículo 60. Servicios de intervención especializada.

Los servicios de intervención especializada son servicios especializados que ofrecen atención integral y recursos en el proceso de recuperación y reparación a las mujeres que han sufrido o sufren situación de violencia, así como a sus hijas e hijos. Asimismo, dichos servicios deben incidir en la prevención, sensibilización e implicación comunitaria.

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