LexTotal

Legislación › Ley 5/2008, de 24 de abril, del derecho de las mujeres a erradicar la violencia machista.

Disposición transitoria quinta. Aprobación del Programa de intervención integral.

Disposición transitoria quinta. Aprobación del Programa de intervención integral.

El Gobierno ha de aprobar durante el año 2008 el programa de intervención integral contra la violencia machista 2008-2011, establecido por el artículo 80, que debe incorporar las actuaciones fijadas por los artículos 43, 65, 66 y 67 y la disposición adicional segunda.

← Disposición transitoria cuarta Índice Disposición transitoria sexta →