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Legislación › Ley 2/2008, de 6 de mayo, por la que se desarrolla la libre prestación de servicios de transporte marítimo de personas en aguas interiores de Galicia.

Disposición adicional segunda. Otra legislación de aplicación.

Disposición adicional segunda. Otra legislación de aplicación.

Sin perjuicio de lo dispuesto en la presente ley para el Registro de Empresas Operadoras del Transporte Marítimo, será de aplicación la legislación marítima y portuaria. A su vez, a la navegación dentro de los límites del Parque Nacional Marítimo-Terrestre de las Islas Atlánticas de Galicia o por cualquier otro espacio protegido le serán de aplicación las normativas sectoriales de medio ambiente y patrimonio cultural.

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