Legislación › Orden ITC/1660/2009, de 22 de junio, por la que se establece la metodología de cálculo de la tarifa de último recurso de gas natural.
Artículo 10. Actualización de los términos de la tarifa.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 2 de abril de 2020 y la del 30 de septiembre de 2020.
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Artículo 10. Actualización de los términos de la tarifa.
1. Los términos fijos y variables de las tarifas se actualizarán en el momento en que se produzca alguna modificación en los términos fijos y variables de los peajes y cánones de acceso al sistema y cargos o en los coeficientes de mermas en vigor.
Asimismo, el término variable se actualizará con carácter trimestral, desde el día 1 de los meses de enero, abril, julio y octubre de cada año, siempre que el coste de la materia prima Cn, de acuerdo al valor obtenido de la aplicación de la fórmula del artículo 8, experimente una variación al alza o a la baja superior al 2 por ciento.
El valor promedio de las primas de las subastas de asignación de capacidad se actualizará el 1 de octubre de cada año.
2. Las revisiones se realizarán mediante resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas. Las condiciones generales aplicables al suministro, así como las unidades de facturación y medida, son las establecidas en los artículos 4 y 5 de la Orden ITC/2857/2008, de 10 de octubre.
3. Los siguientes parámetros definidos en el apartado 5 del artículo 6º: 6: Tmbuque, Cmi, fc, %GNL, fconv, EMAX, GNd, número de consumidores TUR.1 y TUR.1, TUR.2 y TUR.3 (ni) se actualizarán con carácter anual, con anterioridad al antes del 1 de diciembre, octubre, mediante resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas.
4. Las resoluciones de actualización de los términos de la tarifa de último recurso deberán incluir la publicación de los valores mensuales de todos los términos que componen la fórmula del coste de la materia prima empleados para su actualización: el precio mensual de los productos de la subasta (Gas de Base y Gas de Invierno), el precio mensual de la fórmula de aprovisionamiento de Gas referencia internacional del gas de Base (RBn) y las cotizaciones mensuales base (RBn), media semestral del Henry Hub y National Balancing Point, crudo Brent (Brentn), tipo de cambio euro-dólar considerado (En), así como el valor final resultante del coste de materia prima empleado para la actualización de la TUR. (Cn). En el caso de
Téngase en cuenta que se suspende la vigencia del presente artículo, a partir del 18 de marzo2020, para los siguientes dos trimestres, en la forma trimestres primero y con cuarto se publicarán los efectos indicados por el art. 4.3.b del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 valores de marzo. BOE-A-2020-3824, en la redacción dada por la disposición final 1.1 referencia internacional del Real Decreto-ley 11/2020, gas estacional (REn), la prima de 31 riesgo por cantidad (PRQ) y el promedio de marzo. BOE-A-2020-4208 las cotizaciones del National Balancing Point (NBP) utilizadas.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 30 de septiembre de 2020 En vigor | BOE-A-2020-11358 | Leer | Qué cambió |
| 2 de abril de 2020 | BOE-A-2020-4208 | Leer | Qué cambió |
| 18 de marzo de 2020 | BOE-A-2020-3824 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2013 | BOE-A-2012-15767 | Leer | Qué cambió |
| 12 de junio de 2010 | BOE-A-2010-9236 | Leer | Qué cambió |
| 24 de junio de 2009 | Texto original | Leer |


