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Ley 5/2009, de 29 de junio, por la que se modifican la Ley 24/1988, de 28 de julio, del mercado de valores, la Ley 26/1988, de 29 de julio, sobre disciplina e intervención de las entidades de crédito y el texto refundido de la Ley de ordenación y supervisión de los seguros privados, aprobado por Real Decreto Legislativo 6/2004, de 29 de octubre, para la reforma del régimen de participaciones significativas en empresas de servicios de inversión, en entidades de crédito y en entidades aseguradoras.

En vigor Jefatura del Estado · Publicada el 30 de junio de 2009 · Último cambio el 1 de abril de 2010 · Ver en el BOE

Índice

  1. Preámbulo
  2. Artículo primero. Modificación de la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores.
  3. Artículo segundo. Modificación de la Ley 26/1988, de 29 de julio, sobre Disciplina e Intervención de las Entidades de Crédito.
  4. Artículo tercero. Modificación del Texto Refundido de la Ley de ordenación y supervisión de los seguros privados, aprobado por el Real Decreto Legislativo 6/2004, de 29 de octubre.
  5. Disposición adicional primera. Medidas que se establecen en el ámbito aeroportuario: 2 redacciones · cambió el 01/04/2010
  6. Disposición adicional segunda. Revisión del sistema comunitario de comercio de derechos de emisión.
  7. Disposición derogatoria.
  8. Disposición final primera. Modificación de la Ley 26/2006, de 17 de julio, de mediación de seguros y reaseguros privados.
  9. Disposición final segunda. Modificación de la Ley 35/2003, de 4 de noviembre, de Instituciones de Inversión Colectiva.
  10. Disposición final tercera. Modificación de la Ley de Sociedades Anónimas.
  11. Disposición final cuarta. Modificación de la Ley sobre régimen de sociedades y fondos de inversión inmobiliaria y sobre fondos de titulización hipotecaria.
  12. Disposición final quinta. Modificación del Real Decreto-Ley 18/1982, de 24 de septiembre, sobre Fondos de Garantía de Depósitos en Cajas de Ahorro y Cooperativas de Crédito.
  13. Disposición final sexta. Título competencial.
  14. Disposición final séptima. Habilitación para el desarrollo reglamentario.
  15. Disposición final octava. Incorporación de Derecho de la Unión Europea.
  16. Disposición final novena. Entrada en vigor.
  17. Firma
  18. ANEXO