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Legislación › Real Decreto 1039/2009, de 29 de junio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de la Presidencia y se modifica el Real Decreto 438/2008, de 14 de abril, por el que se aprueba la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.

Disposición adicional segunda. Suplencia de los titulares de los órganos directivos.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 30 de junio de 2009 y la del 19 de septiembre de 2010. Tachado: lo que se quitó (10 palabras). Subrayado: lo que se añadió (11 palabras). Volver al texto en vigor

Disposición adicional segunda. Suplencia de los titulares de los órganos directivos.
En los casos de vacante, ausencia o enfermedad del titular de un órgano superior o directivo, y en defecto de designación aplicación de suplente conforme a lo previsto en el artículo 17 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, corresponderá la suplencia a los Subdirectores generales titulares de los órganos inmediatamente subordinados, por el mismo orden en que aparecen citados en la respectiva estructura establecida en el presente Real Decreto. real decreto.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
19 de septiembre de 2010 En vigor BOE-A-2010-14308 Leer Qué cambió
30 de junio de 2009 Texto original Leer

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