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Legislación › Real Decreto 2093/2008, de 19 de diciembre, por el que se regulan los Centros Tecnológicos y los Centros de Apoyo a la Innovación Tecnológica de ámbito estatal y se crea el Registro de tales Centros.

ANEXO

Comparación entre la redacción en vigor desde el 23 de abril de 2009 y la del 4 de junio de 2011. El texto es el mismo. Volver al texto en vigor

ANEXO
Contenido del Registro
1. Información General.
a) Nombre del Centro Tecnológico / Centro de Apoyo a la Innovación Tecnológica, nombre comercial, tipo de persona jurídica e información sobre localización (dirección postal, web, dirección electrónica).
b) Objetivos e información de interés general del Centro Tecnológico / Centro de Apoyo a la Innovación Tecnológica.
c) La resolución del Secretario de Estado de Investigación aprobando la inscripción.
d) Los datos y documentos electrónicos que acrediten el cumplimiento de los requisitos del artículo 5, siempre que no resulten afectados por lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.
e) Áreas tecnológicas en que se centran los proyectos de I+D de los Centros Tecnológicos.
f) Áreas tecnológicas en que centra su actuación el Centro de Apoyo a la Innovación Tecnológica.
g) Servicios ofrecidos por el Centro Tecnológico / Centro de Apoyo a la Innovación Tecnológica.
2. Información complementaria
a) Órganos de gobierno y de dirección. (Si el centro es una asociación se indicarán los socios que la componen.)
b) Estructura organizativa del centro.
c) Organización comercial y sistema de gestión.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
4 de junio de 2011 En vigor BOE-A-2011-9676 Leer Qué cambió
23 de abril de 2009 Texto original Leer

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