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Legislación › Ley 5/2009, de 4 de junio, del ruido de Castilla y León.

Artículo 55. Criterios de graduación de las sanciones.

Artículo 55. Criterios de graduación de las sanciones.

Las sanciones previstas en esta ley, se graduarán atendiendo a los siguientes criterios:

a) Las circunstancias del responsable.

b) El grado del daño, deterioro o molestia causado a las personas, a los bienes o al medio ambiente.

c) La intencionalidad o negligencia.

d) La reincidencia y el grado de participación.

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