Legislación › Ley 5/2009, de 4 de junio, del ruido de Castilla y León.
Artículo 55. Criterios de graduación de las sanciones.
Artículo 55. Criterios de graduación de las sanciones.
Las sanciones previstas en esta ley, se graduarán atendiendo a los siguientes criterios:
a) Las circunstancias del responsable.
b) El grado del daño, deterioro o molestia causado a las personas, a los bienes o al medio ambiente.
c) La intencionalidad o negligencia.
d) La reincidencia y el grado de participación.


