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Legislación › Ley Foral 8/2009, de 18 de junio, de creación de la sociedad Corporación Pública Empresarial de Navarra, S.L.U.

Artículo 4. Recursos económicos de Corporación Pública Empresarial de Navarra, S.L.U.

Artículo 4. Recursos económicos de Corporación Pública Empresarial de Navarra, S.L.U.

1. Los recursos necesarios para el cumplimiento de los fines de Corporación Pública Empresarial de Navarra, S.L.U. provendrán, en su caso:

a) De la aportación inicial de capital social, así como de las ampliaciones de capital que lleve a cabo la Sociedad, que sólo podrán ser suscritas por la Administración de la Comunidad Foral de Navarra.

b) De sus resultados de explotación así como de los productos, rentas e incrementos de su patrimonio y activos financieros.

c) De los ingresos que perciba de forma regular de las sociedades en las que participe de forma mayoritaria, directa o indirectamente, de acuerdo con los conceptos, procedimiento y cuantía que defina la propia Corporación Pública Empresarial de Navarra, S.L.U.

d) Del reembolso del valor de los títulos representativos y participaciones sociales del capital social de las sociedades participadas en ejecución de operaciones societarias.

e) Del producto de la venta de los títulos representativos y participaciones sociales del capital social de las sociedades participadas.

f) De los ingresos que puedan obtenerse de las sociedades participadas por cualquier título o negocio jurídico.

g) De las asignaciones previstas en los Presupuestos Generales de Navarra.

h) De las aportaciones resultantes de las encomiendas del Gobierno de Navarra, sus organismos o instituciones.

i) De las subvenciones y transferencias de cualesquiera Administraciones Públicas e Instituciones.

j) De las ayudas o préstamos que pueda recibir de los Fondos establecidos en la Unión Europea o fondos públicos o privados, nacionales o internacionales.

k) De las operaciones de financiación concertadas con entidades financieras públicas o privadas.

l) De cualquier otro recurso reconocido legal, reglamentaria o estatutariamente.

2. Corporación Pública Empresarial de Navarra, S.L.U. podrá ser beneficiaria de garantías y avales otorgados por la Administración de la Comunidad Foral de Navarra.

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