Legislación › Ley 3/2009, de 23 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación.
Artículo 30. Marca distintiva del Sistema Riojano de Innovación.
Artículo 30. Marca distintiva del Sistema Riojano de Innovación.
1. La Comunidad Autónoma de La Rioja dispondrá de una marca distintiva específica para el Sistema Riojano de Innovación, así como para el Plan Riojano de I+D+I, que deberán utilizar todos los agentes del Sistema Riojano de Innovación en las actuaciones financiadas con fondos públicos del Gobierno de La Rioja en materia de I+D+I.
2. La Comunidad Autónoma de La Rioja podrá promover la creación de un distintivo de excelencia de la innovación.


