Legislación › Ley 3/2009, de 23 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación.
Artículo 48. Fomento del aprovechamiento compartido de la innovación.
Artículo 48. Fomento del aprovechamiento compartido de la innovación.
1. La Comunidad Autónoma de La Rioja fomentará el aprovechamiento compartido del conocimiento científico y la innovación tecnológica dentro del Sistema Riojano de Innovación, impulsando la cooperación, las alianzas y el trabajo en red entre los distintos agentes del sistema, apoyando el lanzamiento de nuevas empresas de base tecnológica, promoviendo la creación de plataformas de transferencia y aplicación del conocimiento científico y tecnológico, y apoyando la participación empresarial en el Sistema Riojano de Innovación
2. La Comunidad Autónoma de La Rioja facilitará y fomentará, dentro de sus competencias, el mecenazgo sobre las actividades de I+D+I desarrolladas en la Comunidad Autónoma de La Rioja.


