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Legislación › Real Decreto 1013/2009, de 19 de junio, sobre caracterización y registro de la maquinaria agrícola.

Artículo 4. Acreditación de la potencia.

Artículo 4. Acreditación de la potencia.

1. La potencia de inscripción se acreditará con la tarjeta ITV, cuyo modelo se incluye en los anexos correspondientes del Real Decreto 2140/1985, de 9 de octubre.

2. En los tractores de cadenas o en aquellos casos en los que la tarjeta ITV no refleje este parámetro, el fabricante o importador de la máquina remitirá a la Dirección General de Recursos Agrícolas y Ganaderos del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino (MARM), el informe de ensayo contemplado en el Real Decreto 2028/1986, de 6 de junio.

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