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Legislación › Ley 3/2009, de 17 de junio, de Urbanismo de Aragón.

Artículo 10. Régimen del suelo.

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Artículo 10. Régimen del suelo.
1. El régimen urbanístico del suelo será el establecido en la legislación estatal de suelo, en esta Ley y, por remisión legal, en el planeamiento, de acuerdo con la situación básica en que se encuentren el suelo, la clasificación y la calificación urbanística de los predios.
2. La previsión de edificabilidad por la ordenación territorial y urbanística, por sí misma, no la integra en el contenido del derecho de propiedad del suelo. La patrimonialización de la edificabilidad se produce únicamente con su realización efectiva y está condicionada en todo caso al cumplimiento de los deberes y al levantamiento de las cargas propias del régimen que corresponda por el promotor de la actuación conforme al régimen establecido en esta Ley.
3. La determinación de la situación básica de suelo urbanizado a los efectos establecidos en la legislación estatal no está condicionada, en tanto cuestión fáctica y reglada, por la clasificación y calificación urbanística de los terrenos conforme a esta Ley. Se entenderá que los terrenos están integrados de forma legal y efectiva en la red de dotaciones y servicios propios de los núcleos de población en los siguientes supuestos:
a) Cuando, de conformidad con la ordenación urbanística aplicable, concurran todas las circunstancias y cuenten con las dotaciones y servicios señalados en el artículo 12.a).
b) Cuando, de conformidad con la ordenación urbanística aplicable, puedan llegar a concurrir todas las circunstancias y contar con las dotaciones y servicios señalados en el artículo 12.a), sin otras obras que las de conexión de las parcelas a las instalaciones ya en funcionamiento.
4. Los terrenos que no se encuentren en la situación básica de suelo urbanizado lo estarán en la de suelo rural, conforme a los criterios establecidos en la normativa estatal y de conformidad con la ordenación territorial y urbanística que resulte de aplicación.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
6 de agosto de 2013 En vigor BOE-A-2013-6875 Leer Qué cambió
30 de septiembre de 2009 Texto original Leer

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