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Legislación › Ley 3/2009, de 17 de junio, de Urbanismo de Aragón.

Artículo 126. Competencias.

Artículo 126. Competencias.

1. La ejecución del planeamiento urbanístico corresponde a los municipios y se desarrollará conforme a lo establecido en esta Ley.

2. La ejecución de los planes y proyectos de interés general de Aragón corresponde a la Administración de la Comunidad Autónoma conforme a lo establecido en el capítulo tercero del Título III.

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