Legislación › Ley 3/2009, de 17 de junio, de Urbanismo de Aragón.
Artículo 126. Competencias.
Artículo 126. Competencias.
1. La ejecución del planeamiento urbanístico corresponde a los municipios y se desarrollará conforme a lo establecido en esta Ley.
2. La ejecución de los planes y proyectos de interés general de Aragón corresponde a la Administración de la Comunidad Autónoma conforme a lo establecido en el capítulo tercero del Título III.


