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Legislación › Ley 3/2009, de 17 de junio, de Urbanismo de Aragón.

Artículo 163. Estatuto de la Junta de compensación y relación con la Administración.

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Artículo 163. Estatuto de la Junta de compensación y relación con la Administración.
1. La junta de compensación es el agente público responsable de ejecutar la urbanización en la gestión indirecta por compensación. Tendrá tendrá personalidad jurídica y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines, disfrutando fines.
2. Las juntas
de compensación, en su condición de entidades colaboradoras de la Administración pública, no tienen la consideración administrativa de poder adjudicador a los efectos previstos en esta Ley.
2. La relación entre la Junta
de compensación y la Administración se rige por lo establecido en esta Ley y, supletoriamente, en la normativa sobre contratación del sector público para pública sin perjuicio de que, en tanto ejecuten obra pública de urbanización, sí que deberá aplicarse la legislación de contratos públicos, en tanto resulta de aplicación el contrato criterio funcional de gestión obra pública. La relación jurídica existente entre la Administración municipal y las juntas de servicios públicos.
3. Los cargos del órgano rector
compensación no es la de un contrato público, sino la junta recaerán necesariamente en personas físicas, formando parte del mismo de un representante del municipio.
4. Los acuerdos
encargo o traslado de la junta serán susceptibles funciones públicas de recurso ante el municipio. carácter unilateral.
5. 3. La junta podrá solicitar del municipio la exacción por vía de apremio de las cantidades adeudadas por sus miembros.
6. La contratación de las obras 4. Los acuerdos de urbanización por la junta serán susceptibles de compensación se regirá por lo establecido en recurso ante el artículo 175.2. La junta de compensación no podrá ceder la condición de agente público urbanizador. municipio.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
6 de agosto de 2013 En vigor BOE-A-2013-6875 Leer Qué cambió
30 de septiembre de 2009 Texto original Leer

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