Legislación › Ley 3/2009, de 17 de junio, de Urbanismo de Aragón.
Artículo 190 quinquies. Programa de rehabilitación urbana y planes y programas en materia de vivienda.
Artículo 190 quinquies. Programa de rehabilitación urbana y planes y programas en materia de vivienda.
El programa de rehabilitación urbana deberá tener en cuenta las determinaciones de los planes y programas en materia de vivienda en cuanto a la delimitación de las áreas y ámbitos objeto de actuación de rehabilitación.
Se añade por el art. único.115 de la Ley autonómica 4/2013, de 23 de mayo. BOE-A-2013-6875.


