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Legislación › Ley 3/2009, de 17 de junio, de Urbanismo de Aragón.

Artículo 249. Licencia o declaración.

Artículo 249. Licencia o declaración.

1. Toda parcelación urbanística queda sujeta a licencia o a la aprobación del proyecto de reparcelación que la contenga.

2. Toda parcelación rústica queda sujeta a la exigencia de la declaración previa de la innecesariedad de licencia, quedando exceptuadas de tal declaración las operaciones realizadas en los procedimientos de concentración parcelaria.

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