Legislación › Ley 3/2009, de 17 de junio, de Urbanismo de Aragón.
Artículo 249. Licencia o declaración.
Artículo 249. Licencia o declaración.
1. Toda parcelación urbanística queda sujeta a licencia o a la aprobación del proyecto de reparcelación que la contenga.
2. Toda parcelación rústica queda sujeta a la exigencia de la declaración previa de la innecesariedad de licencia, quedando exceptuadas de tal declaración las operaciones realizadas en los procedimientos de concentración parcelaria.


