Legislación › Ley 3/2009, de 17 de junio, de Urbanismo de Aragón.
Artículo 255. Cumplimiento.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 30 de septiembre de 2009 y la del 6 de agosto de 2013.
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Artículo 255. Cumplimiento.
1. La orden de ejecución no eximirá del deber de presentar la documentación técnica o proyecto, en su caso, de las obras, a fin de que el municipio compruebe su adecuación a lo ordenado.
2. Incumplido el plazo establecido en la orden de ejecución, el municipio podrá optar entre decretar, de oficio o a instancia de interesado, y en todo caso previa audiencia del obligado, la ejecución subsidiaria, la expropiación del inmueble, la aplicación de lo dispuesto en los artículos 221 a 228 o 228, la imposición de multas coercitivas, sin perjuicio o cualesquiera otras consecuencias derivadas de la aplicación de las sanciones que pudieran corresponder. legislación básica estatal.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 6 de agosto de 2013 En vigor | BOE-A-2013-6875 | Leer | Qué cambió |
| 30 de septiembre de 2009 | Texto original | Leer |


