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Legislación › Ley 3/2009, de 17 de junio, de Urbanismo de Aragón.

Artículo 282. Ejecución forzosa.

Artículo 282. Ejecución forzosa.

El órgano que haya impuesto la sanción podrá proceder a la ejecución forzosa de las resoluciones recaídas en los expedientes sancionadores mediante apremio sobre el patrimonio, cuando la resolución del expediente sancionador acuerde la imposición de una o varias multas y éstas no sean abonadas en periodo voluntario, siguiéndose el procedimiento establecido por las normas reguladoras del procedimiento recaudatorio en vía de apremio.

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