Legislación › Ley 3/2009, de 17 de junio, de Urbanismo de Aragón.
Artículo 282. Ejecución forzosa.
Artículo 282. Ejecución forzosa.
El órgano que haya impuesto la sanción podrá proceder a la ejecución forzosa de las resoluciones recaídas en los expedientes sancionadores mediante apremio sobre el patrimonio, cuando la resolución del expediente sancionador acuerde la imposición de una o varias multas y éstas no sean abonadas en periodo voluntario, siguiéndose el procedimiento establecido por las normas reguladoras del procedimiento recaudatorio en vía de apremio.


