Legislación › Ley 3/2009, de 17 de junio, de Urbanismo de Aragón.
Artículo 3. Órganos urbanísticos activos de la Administración de la Comunidad Autónoma.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 30 de septiembre de 2009 y la del 6 de agosto de 2013.
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Artículo 3. Órganos urbanísticos activos de la Administración de la Comunidad Autónoma.
1. Corresponde a la Administración de la Comunidad Autónoma, en el marco de la función pública de ordenación del territorio, que se rige por su legislación específica, el ejercicio de las competencias urbanísticas que expresamente le hayan sido atribuidas.
2. Son órganos urbanísticos activos de la Administración de la Comunidad Autónoma los siguientes:
a) De carácter unipersonal, el Consejero competente en materia de urbanismo, el Director General competente en materia de urbanismo y el Director del Servicio Provincial competente General competentes en materia de urbanismo.
b) De carácter colegiado, el Consejo de Urbanismo de Aragón y los Consejos Provinciales de Urbanismo de Huesca, Teruel y Zaragoza.
3. El Gobierno de Aragón y los órganos urbanísticos activos de la Administración de la Comunidad Autónoma ejercerán sus competencias previo informe jurídico previos los informes jurídicos y técnico emitidos, según proceda, técnicos que procedan emitidos por las unidades administrativas de la Dirección General o los servicios provinciales competentes competente en materia de urbanismo.
4. Las competencias urbanísticas que se atribuyeran a la Administración de la Comunidad Autónoma sin indicar el órgano competente para ejercerlas, ejercerlas corresponderán al titular del Departamento competente en materia de urbanismo.
5. El Gobierno de Aragón, previa solicitud del Ayuntamiento, podrá acordar que la intervención autonómica en el planeamiento derivado tenga un carácter facultativo, conforme a las determinaciones de esta Ley.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 6 de agosto de 2013 En vigor | BOE-A-2013-6875 | Leer | Qué cambió |
| 30 de septiembre de 2009 | Texto original | Leer |


