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Legislación › Ley 3/2009, de 17 de junio, de Urbanismo de Aragón.

Disposición final primera. Modificación de la Ley 7/1999, de 9 de abril, de Administración Local de Aragón.

Disposición final primera. Modificación de la Ley 7/1999, de 9 de abril, de Administración Local de Aragón.

El apartado segundo del artículo 230 de la Ley 7/1999, de 9 de abril, de Administración Local de Aragón, queda redactado del siguiente modo: «2. Las obras se ejecutarán conforme a su proyecto técnico y su correspondiente dotación presupuestaria. La competencia para aprobar el proyecto corresponderá, salvo previsión contraria de la Ley, al órgano que lo sea para contratar».

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