LexTotal

Legislación › Ley 14/2009, de 22 de julio, de aeropuertos, helipuertos y otras infraestructuras aeroportuarias.

Disposición transitoria primera. Régimen transitorio de los procedimientos.

Disposición transitoria primera. Régimen transitorio de los procedimientos.

Los planos y proyectos relativos a aeropuertos, aeródromos y helipuertos que se encuentren en tramitación en el momento de la entrada en vigor de la presente ley se rigen por la normativa anterior.

← Disposición adicional décima Índice Disposición transitoria segunda →