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Legislación › Ley 14/2009, de 22 de julio, de aeropuertos, helipuertos y otras infraestructuras aeroportuarias.

Disposición transitoria tercera. Derechos y obligaciones de la sociedad Aeropuertos Públicos de Cataluña, S.L.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 17 de agosto de 2009 y la del 25 de octubre de 2013. El texto es el mismo. Volver al texto en vigor

Disposición transitoria tercera. Derechos y obligaciones de la sociedad Aeropuertos Públicos de Cataluña, S.L.
Aeropuertos de Cataluña, en el plazo de un año a contar desde la entrada en vigor de la presente ley, debe asumir los derechos y obligaciones de carácter económico, contractual y laboral contraídos por la sociedad Aeropuertos Públicos de Cataluña, S.L.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
31 de enero de 2014 En vigor BOE-A-2014-2999 Leer Qué cambió
25 de octubre de 2013 BOE-A-2014-969 Leer Qué cambió
17 de agosto de 2009 Texto original Leer

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