Legislación › Ley 14/2009, de 22 de julio, de aeropuertos, helipuertos y otras infraestructuras aeroportuarias.
Disposición transitoria tercera. Derechos y obligaciones de la sociedad Aeropuertos Públicos de Cataluña, S.L.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 25 de octubre de 2013 y la del 31 de enero de 2014.
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Disposición transitoria tercera. Derechos y obligaciones de la sociedad Aeropuertos Públicos de Cataluña, S.L.
Aeropuertos de Cataluña, en el plazo de un año a contar desde la entrada en vigor de la presente ley, debe asumir los derechos y obligaciones de carácter económico, contractual y laboral contraídos por la sociedad Aeropuertos Públicos de Cataluña, S.L. (Derogada).
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 31 de enero de 2014 En vigor | BOE-A-2014-2999 | Leer | Qué cambió |
| 25 de octubre de 2013 | BOE-A-2014-969 | Leer | Qué cambió |
| 17 de agosto de 2009 | Texto original | Leer |
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