Legislación › Ley 5/2009, de 30 de junio, de Servicios Sociales de Aragón.
Artículo 100. Destino del importe de las sanciones.
Artículo 100. Destino del importe de las sanciones.
La Administración de la Comunidad Autónoma destinará los ingresos derivados de la imposición de las sanciones establecidas en esta Ley a la mejora de la calidad y cobertura del Sistema Público de Servicios Sociales de Aragón.


