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Legislación › Ley 6/2009, de 6 de julio, de Centros de Ocio de Alta Capacidad de Aragón.

Artículo 43. Publicidad de las sanciones.

Artículo 43. Publicidad de las sanciones.

Cuando se imponga una sanción muy grave o grave por infracción de la presente ley, ésta, una vez adquirida firmeza, será publicada en el Boletín Oficial de Aragón, con detalle de la persona física o jurídica responsable de la infracción.

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