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Legislación › Real Decreto 1409/2009, de 4 de septiembre, por el que se regula la elaboración, comercialización, uso y control de los piensos medicamentosos.

ANEXO III

ANEXO III

Datos que deben constar en la receta veterinaria

Apellidos, nombre y número de colegiado del veterinario que prescribe.

La leyenda «PRESCRIPCIÓN DE PIENSO MEDICAMENTOSO».

La indicación de que la receta se utilizará una sola vez.

Código de identificación de la explotación de destino previsto en el artículo 5 del Real Decreto 479/2004 o, en su defecto, el código de identificación otorgado por la autoridad competente de la comunidad autónoma. En el caso de animales de compañía la identificación y la dirección del propietario o responsable de los animales.

Identificación (Nombre, razón social y número de autorización) y dirección del establecimiento elaborador o distribuidor autorizado (1).

1. A rellenar por el establecimiento elaborador o distribuidor autorizado.

Número e identificación (individual cuando la normativa así lo prevea) de los animales a tratar.

Afección a tratar.

Denominación y dosificación de la(s) premezcla(s) medicamentosa(s) en el pienso medicamentoso.

Cantidad de pienso medicamentoso.

Recomendaciones especiales para el ganadero.

Proporción de pienso medicamentoso en la ración diaria, frecuencia y duración del tratamiento.

Plazo de espera antes del sacrificio o de la puesta en el mercado de productos procedentes de animales tratados, cuando se trate de animales productores de alimentos destinados al consumo humano.

Fecha y firma del veterinario.

A rellenar por el fabricante o el distribuidor autorizado:

Fecha de entrega:

Plazo de conservación:

(Firma del fabricante o del distribuidor autorizado.)

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