Legislación › Resolución de 14 de septiembre de 2009, de la Intervención General de la Administración del Estado, por la que se determina el contenido mínimo de la información a publicar en el "Boletín Oficial del Estado" por las entidades del sector público estatal empresarial y fundacional que no tengan obligación de publicar sus cuentas anuales en el registro mercantil.
ANEXO III
ANEXO III
RESUMEN DE LA MEMORIA A PUBLICAR POR LAS ENTIDADES DE CRÉDITO DEL SECTOR PÚBLICO ESTATAL EMPRESARIAL
Resumen de la Memoria (5)
(5) En aquellos casos en los que la información que se solicita no sea significativa, no se cumplimentarán los apartados correspondientes.
Se informará, al menos, sobre:
1. Criterios contables
Resumen de los criterios contables más significativos, dando al menos la siguiente información:
a) Bases de presentación de las cuentas anuales, indicando de forma clara que las cuentas anuales se han formulado aplicando las normas de información financiera pública de la Circular 4/2004;
b) Utilización de juicios y estimaciones en la elaboración de los estados financieros;
c) Operaciones en moneda extranjera;
d) Reconocimiento de ingresos;
e) Instrumentos financieros, con desglose de las diversas carteras de activos financieros y pasivos financieros;
f) Coberturas del riesgo de crédito y método empleado para su cálculo;
g) Coberturas contables y mitigación de riesgos;
h) Operaciones de transferencia de activos financieros;
i) Activos materiales;
j) Existencias;
k) Fondo de comercio y otros activos intangibles;
l) Arrendamientos;
m) Activos no corrientes en venta;
n) Gastos de personal;
o) Remuneraciones al personal basadas en instrumentos de capital;
p) Otras provisiones y contingencias;
q) Comisiones;
r) Permutas de activos materiales e inmateriales;
s) Contratos de seguros;
t) Impuesto sobre los beneficios;
u) Recursos de clientes fuera de balance (fondos de inversión, fondos de pensiones, patrimonios administrados, etc.), y
v) Otros criterios contables.
2. Cambios en los criterios contables
Cuando se lleve a cabo un cambio en los criterios contables que tenga efecto en el ejercicio actual o en algún ejercicio anterior, la entidad informará sobre la naturaleza y las razones del cambio.
3. Hechos posteriores a la fecha del balance
La entidad informará sobre los hechos acaecidos con posterioridad al cierre de los estados financieros que pudieran afectar a la aplicación de la hipótesis de empresa en funcionamiento.
4. Errores y cambios en las estimaciones contables
Cuando la entidad corrija un error correspondiente a uno o varios ejercicios anteriores, informará sobre la naturaleza del error y la corrección realizada.
La entidad indicará la naturaleza y el importe de cualquier cambio en una estimación contable que afecte al ejercicio actual o que se espera pueda afectar a los ejercicios futuros.
5. Instrumentos financieros
5.1) Riesgo de Crédito.–Para cada clase de instrumento financiero, se informará acerca de la exposición al riesgo de crédito, incluyendo:
a) El importe que mejor represente el máximo nivel de exposición al riesgo de crédito en la fecha a que se refieren los estados financieros sin deducir las garantías reales ni las mejoras crediticias recibidas para asegurar el cumplimiento.
b) Una descripción de las garantías reales o mejoras crediticias relacionadas con la exposición al riesgo de crédito, incluyendo para ambas:
i. Las políticas y los procedimientos para gestionar y valorarlas.
ii. Una descripción de sus principales tipos.
iii. Las principales contrapartes y su calidad crediticia.
iv. Concentraciones de riesgo en relación con dichos tipos de garantías reales o mejoras crediticias.
5.2) Riesgo de Liquidez.–Se clasificarán los pasivos financieros, por plazos de vencimiento, tomando como referencia los periodos que resten entre la fecha a que se refieren los estados financieros y la fecha contractual de su vencimiento.
La entidad realizará una descripción de cómo gestiona el riesgo de liquidez. Si lo hace sobre la base del vencimiento esperado de los instrumentos financieros, incluirá un análisis por vencimientos esperados de los activos y pasivos financieros e informará sobre cómo realiza dichas estimaciones y las razones principales de las diferencias con los plazos contractuales.
5.3) Riesgo de mercado.
1. La entidad incluirá un análisis de sensibilidad para cada tipo de riesgo de mercado al que esté expuesta en la fecha a la que se refieren los estados financieros, mostrando cómo se verían afectados el patrimonio neto y la cuenta de pérdidas y ganancias, por los cambios razonablemente posibles en cada variable de riesgo relevante (tipo de cambio, tipo de interés u otras variables, tales como precios de los instrumentos de capital y de las materias primas cotizadas) si se hubieran aplicado a las exposiciones al riesgo existentes a dicha fecha. Al revelar la información sobre la sensibilidad a las diferentes variables de riesgo, indicará los métodos e hipótesis que han servido de base para preparar la información e informará de los cambios que se hayan producido en los mismos respecto al ejercicio anterior y las razones de dichos cambios.
Cuando el análisis de sensibilidad sea sobre riesgo de cambio, se realizará un desglose para cada moneda en la que la entidad tenga una exposición significativa.
2. Si la entidad prepara un análisis de sensibilidad, tal como el valor en riesgo, que refleje las interdependencias entre las variables de riesgo y lo utiliza para gestionar los riesgos financieros, puede revelar este análisis en lugar del señalado en el apartado anterior. En este caso, también deberá revelar:
a) Una explicación del método utilizado para preparar este análisis de sensibilidad, incluyendo la información sobre todas las hipótesis y parámetros relevantes que se han manejado, tales como el intervalo de confianza y los horizontes temporales utilizados.
b) Una explicación del objetivo del método empleado, así como de las limitaciones del mismo que pudiesen hacer que la información no refleje plenamente el valor razonable de los activos y pasivos financieros implicados.
c) Una descripción de los instrumentos financieros cuyo riesgo de mercado se gestiona utilizando este análisis.
5.4) Concentraciones de riesgos.–La entidad facilitará información sobre las concentraciones de riesgos de los instrumentos financieros que tengan características similares y se puedan ver afectados de manera similar por cambios económicos o de otro tipo.
5.5) Valor razonable.–La entidad revelará el valor razonable de cada cartera de activos y pasivos financieros comparados, así como el valor razonable de los activos financieros, indicando si se determina a partir de cotizaciones de mercados activos o a través de técnicas de valoración.
En el caso de activos disponibles para la venta, se indicará el importe de cualquier ganancia o pérdida reconocida en el patrimonio neto durante el ejercicio y el importe que ha sido traspasado de patrimonio neto a la cuenta de pérdidas y ganancias.
Se indicará el efecto en la cuenta de pérdidas y ganancias producido por los cambios en el valor razonable.
5.6) Actividades de cobertura.–Se facilitará una relación de las clases de derivados, indicando, para cada clase, si tienen propósito de cobertura o no. En caso afirmativo, se informará separadamente para las coberturas de valor razonable, flujos de efectivo (o inversión neta en el extranjero.)
5.7) Reclasificaciones.–Se facilitará el importe de las reclasificaciones que hayan tenido lugar entre las diferentes carteras según lo dispuesto en la norma vigésima segunda, y la justificación de dichas reclasificaciones, así como los cambios de criterio de valoración de instrumentos de patrimonio o derivados sobre los mismos desde el coste al valor razonable, y viceversa.
5.8) Transferencias de activos.–Cuando la entidad haya transferido activos financieros de tal manera que parte o la totalidad de los activos financieros no se den de baja del balance, la entidad revelará para cada clase de esos activos financieros:
a) La naturaleza de los activos
b) La naturaleza de los riesgos y beneficios a los que la entidad permanece expuesta.
c) Cuando la entidad continúe reconociendo íntegramente los activos, el valor en libros de los activos y de los pasivos asociados.
d) Cuando la entidad continúe reconociendo los activos en la medida de su compromiso continuo, el valor en libros de los activos originales, el importe de los activos que la entidad continúa reconociendo y el valor en libros de los pasivos asociados.
6. Activo material y activos intangibles
La entidad proporcionará la siguiente información: En relación con el activo material se informará sobre:
Métodos de amortización, vidas útiles y porcentajes de amortización utilizados.
Análisis del movimiento durante el ejercicio de las partidas de activo material y activos intangibles, y de sus correspondientes amortizaciones acumuladas e importe acumulado de las pérdidas por deterioro, indicando:
Saldo inicial.
Inversiones o adiciones realizadas.
Activos no corrientes clasificados como en venta y otras enajenaciones o disposiciones por otros medios o traspasos.
Amortizaciones.
Importe de las pérdidas por deterioro, así como de las que hayan revertido durante el ejercicio.
Diferencias de cambio netas.
Otros movimientos.
7. Otras provisiones, pasivos contingentes y compromisos de crédito
7.1) Otras provisiones.–La entidad realizará una breve descripción para cada una de las provisiones constituidas, de la naturaleza de la obligación asumida, de las estimaciones y procedimientos de cálculo aplicados para la valoración de los correspondientes importes.
7.2) Pasivos contingentes y activos contingentes.–La entidad realizará, para cada tipo de activo y pasivo contingente, una breve descripción de su naturaleza, evolución previsible y factores de los que depende
7.3) Compromisos de crédito.–La entidad distinguirá entre los compromisos de crédito de disponibilidad inmediata de aquellos cuya disponibilidad está condicionada al acaecimiento de hechos futuros.
8. Operaciones en moneda extranjera
La entidad señalará:
El importe global de los elementos del activo y del pasivo denominados en moneda extranjera, expresados en la moneda de presentación, incluyendo un desglose por partidas de los activos y pasivos clasificados en las monedas más significativas.
Se indicará, asimismo, el método de valoración empleado para calcular la conversión de dichos activos y pasivos y los tipos de cambio aplicados.
El importe de las diferencias de cambio reconocidas en la cuenta de pérdidas y ganancias, excepto aquellas incluidas en la cartera de activos y pasivos financieros a valor razonable con cambios en pérdidas y ganancias.
Cuando la moneda funcional sea diferente del euro, ese hecho debe ser revelado, junto con información respecto de la moneda funcional.
9. Arrendamientos
La entidad informará sobre el importe de las operaciones de arrendamiento financiero desglosado entre las correspondientes partidas del balance, junto con una descripción general de las condiciones más significativas de los contratos, indicando, asimismo, los pagos o cobros contingentes.
La entidad proporcionará una descripción general de las condiciones más significativas de los contratos de arrendamiento operativo.
10. Activos no corrientes en venta
La entidad facilitará una clasificación de los activos no corrientes en venta y de los activos y pasivos de los grupos de disposición, de manera separada de los restantes activos y pasivos.
11. Contratos de seguro
La entidad explicará las cantidades recogidas en los estados financieros que sean consecuencia de los contratos de seguro así como los importes, plazos e incertidumbre de los pagos y cobros futuros originados por dichos contratos.
12. Impuesto sobre los beneficios
La entidad revelará los principales componentes del gasto o ingreso por el impuesto sobre beneficios por separado informando, además de:
El importe total de gasto e ingreso por impuestos sobre beneficios registrado directamente contra el patrimonio neto, con un desglose del impuesto sobre beneficios relacionado con cada partida del estado de ingresos y gastos reconocidos.
Una conciliación numérica entre el gasto o ingreso por el impuesto sobre beneficios y el resultado contable.
El importe o plazo de diferencias temporales positivas, bases imponibles negativas o créditos por deducciones de la cuota no registrados


