Legislación › Real Decreto 1460/2009, de 28 de septiembre, sobre organización y funcionamiento del Fondo de Cooperación para Agua y Saneamiento.
Artículo 6. El Comité Ejecutivo del Fondo de Cooperación para Agua y Saneamiento.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 30 de septiembre de 2009 y la del 17 de octubre de 2012.
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Artículo 6. El Comité Ejecutivo del Fondo de Cooperación para Agua y Saneamiento.
1. El Comité Ejecutivo del Fondo de Cooperación para Agua y Saneamiento estudiará y valorará todas las propuestas de financiación con cargo al Fondo que le sean presentadas por la Oficina del Fondo de Cooperación para Agua y Saneamiento, y decidirá sobre su elevación para autorización por Consejo de Ministros, a través del Ministro de Asuntos Exteriores y de Cooperación, según los procedimientos establecidos en el artículo 15 del presente real decreto.
2. El Comité se reunirá en sesión ordinaria una vez por trimestre y en extraordinaria todas las veces que fueran necesarias. En la última reunión de cada año se definirá el plan de actuación del Fondo para el año siguiente.
3. El Comité Ejecutivo del Fondo de Cooperación para Agua y Saneamiento, adscrito al Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación a través de la Secretaría de Estado General de Cooperación Internacional, Internacional para el Desarrollo, estará compuesto por los siguientes miembros:
a) Presidente: El Secretario de Estado General de Cooperación Internacional, Internacional para el Desarrollo, pudiendo delegar dicha función en el Vicepresidente Primero, Primero.
b) Vicepresidente Primero: El Director de la Dirección de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID).
c) Vicepresidente Segundo: El Director General de Financiación Análisis Macroeconómico y Economía Internacional del Ministerio de Economía y Hacienda. Competitividad.
d) Vocales:
1.º El Secretario General Iberoamericano de la Secretaría General Iberoamericana. Director de Cooperación para América Latina y el Caribe de la AECID.
2.º El
3.º El Director de Cooperación Sectorial y Multilateral de la AECID. 2.º El
4.ºDirector General de Planificación y Evaluación de Políticas para el Desarrollo Jefe del MAEC. Departamento del Fondo de Cooperación para Agua y Saneamiento de la AECID.
5.º El Director de la Oficina
6.º 3.º El Director General de Comercio e Inversiones del Ministerio de Industria, Turismo Economía y Comercio. Competitividad.
7.º 4.º El Director General del Agua del Ministerio de Medio Ambiente, Agricultura, Alimentación y Medio Rural y Marino. Ambiente.
8.º 5.º Un representante con nivel al menos de Subdirector General del Instituto de Crédito Oficial, designado por el Presidente del Instituto de Crédito Oficial.
6.º El titular de la Secretaría General Iberoamericana, que asistirá a las reuniones del Comité Ejecutivo con voz pero sin voto.
e) Ejercerá las funciones de secretaría y ponencia el titular Jefe del Departamento del Fondo de Cooperación para Agua y Saneamiento, de la Oficina de dicho Fondo. Saneamiento.
4. Los miembros del Comité Ejecutivo podrán designar suplentes, en cuyo caso la comparecencia del substituto a la reunión equivaldrá a la asistencia, a todos los efectos, del miembro del Comité Ejecutivo sustituido.
5. El Presidente podrá invitar a asistir a las reuniones, con voz pero sin voto, a aquellos expertos que considere conveniente en función de los temas a tratar.
6. El Comité Ejecutivo podrá aprobar sus propias normas de funcionamiento interno, que deberán respetar lo establecido en el presente artículo.
7. El Comité Ejecutivo, en tanto que órgano colegiado, se regirá en lo no previsto en el presente artículo y en sus normas de funcionamiento interno, por lo previsto en el capítulo II del título II de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y de Procedimiento Administrativo Común.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 30 de julio de 2020 En vigor | BOE-A-2020-8683 | Leer | Qué cambió |
| 17 de octubre de 2012 | BOE-A-2012-12912 | Leer | Qué cambió |
| 30 de septiembre de 2009 | Texto original | Leer |


