Legislación › Real Decreto 1460/2009, de 28 de septiembre, sobre organización y funcionamiento del Fondo de Cooperación para Agua y Saneamiento.
Disposición final primera. Habilitación normativa.
Disposición final primera. Habilitación normativa.
Se faculta a los Ministros de Asuntos Exteriores y de Cooperación y de Economía y Hacienda para dictar, en el ámbito de sus respectivas competencias, cuantas normas sean necesarias para el desarrollo y la aplicación de lo previsto en este real decreto.
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