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Legislación › Aplicación provisional del Convenio de extradición entre el Reino de España y el Reino de Marruecos, hecho en Rabat el 24 de junio de 2009.

Artículo 7. Pena de muerte o cadena perpetúa.

Artículo 7. Pena de muerte o cadena perpetúa.

Si la pena prevista en la legislación de la Parte requirente para los hechos por los que se solicita la extradición es la pena de muerte o la cadena perpetua, esta pena será sustituida, en virtud del presente Convenio, por la pena prevista para los mismos hechos en la legislación de la Parte requerida.

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