Legislación › Orden CUL/2834/2009, de 19 de octubre, por la que se dictan normas de aplicación del Real Decreto 2062/2008, de 12 de diciembre, por el que se desarrolla la Ley 55/2007, de 28 de diciembre, del Cine, en las materias de reconocimiento del coste de una película e inversión del productor, establecimiento de las bases reguladoras de las ayudas estatales y estructura del Registro Administrativo de Empresas Cinematográficas y Audiovisuales.
Artículo 99. Valoración de los proyectos.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 25 de octubre de 2009 y la del 29 de junio de 2011.
Tachado: lo que se quitó (65 palabras). Subrayado: lo que se añadió (61 palabras).
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Artículo 99. Valoración de los proyectos.
1. Los proyectos serán valorados por el Comité asesor de ayudas para la realización de obras audiovisuales con nuevas tecnologías regulado en el artículo 104, que, tomando en consideración las tecnologías empleadas, evaluará los siguientes conceptos en función de las ponderaciones relativas máximas que se expresan:
a) La originalidad y calidad del proyecto o del guión: hasta 50 Hasta 45 puntos.
b) El presupuesto del proyecto y solvencia del plan de financiación: hasta Hasta 25 puntos.
c) El rigor, credibilidad y carácter innovador del plan de difusión de la obra, así como la capacidad del proyecto para que la obra audiovisual acceda a nuevos públicos: hasta 25 puntos.
2. Entre dos proyectos que obtengan idéntica puntuación en d) Que la valoración autoría del conjunto de criterios señalados en el párrafo anterior se dará preferencia al que cuente con una mujer como directora guión o autora del guión. Esta preferencia se aplicará, en su caso, la labor de forma sucesiva a dirección de la película sea íntegramente femenina: 5 puntos. En los proyectos ordenados supuestos de mayor coparticipación masculina en la dirección y el guión, la puntuación será la proporcional a menor puntuación, la cantidad de mujeres directoras y guionistas, para lo cual se baremará por separado la participación femenina en todo caso dejará cada uno de aplicarse si los conceptos, y se llegara a alcanzar sumará la paridad en puntuación obtenida, hasta el total límite de los proyectos concedidos. 5 puntos.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 29 de junio de 2011 En vigor | BOE-A-2011-11110 | Leer | Qué cambió |
| 25 de octubre de 2009 | Texto original | Leer |


