LexTotal

Legislación › Decreto Legislativo 1/2009, de 21 de julio, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley reguladora de los residuos.

Artículo 15. Valorización energética.

Artículo 15. Valorización energética.

Para la utilización de los residuos como fuente de energía, se pueden adoptar las medidas siguientes:

a) La preparación de los residuos con el fin de facilitar el uso y la comercialización como combustible.

b) La promoción de las técnicas y los sistemas de aprovechamiento energético de los residuos.

c) Otras acciones dirigidas a utilizar los residuos como fuente de energía.

← Artículo 14 Índice Artículo 16 →