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Legislación › Decreto Legislativo 1/2009, de 21 de julio, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley reguladora de los residuos.

Artículo 91 ter. Extinción de la sanción.

Artículo 91 ter. Extinción de la sanción.

1. Las sanciones impuestas a los responsables de acuerdo con la presente ley se extinguen por alguno de los siguientes motivos:

a) Por el cumplimiento o la ejecución completa de la sanción.

b) Por el transcurso del plazo de prescripción de las sanciones.

c) Por la desaparición de todos los obligados a satisfacer la sanción.

2. En los casos de extinción de las personas jurídicas sancionadas, la disolución da lugar a la transmisión de la obligación de satisfacer la sanción a las personas que integraban sus órganos rectores o de dirección. Estas personas físicas responden solidariamente entre ellas.»

Se añade por el art. 81.21 de la Ley 3/2015, de 11 de marzo. BOE-A-2015-3637.

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