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Legislación › Ley 12/2009, de 30 de octubre, reguladora del derecho de asilo y de la protección subsidiaria.

Artículo 32. Autorización de trabajo a los solicitantes de protección internacional.

Artículo 32. Autorización de trabajo a los solicitantes de protección internacional.

Las personas solicitantes de protección internacional serán autorizadas para trabajar en España en los términos que reglamentariamente se establezcan.

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