Legislación › Ley 12/2009, de 30 de octubre, reguladora del derecho de asilo y de la protección subsidiaria.
Artículo 32. Autorización de trabajo a los solicitantes de protección internacional.
Artículo 32. Autorización de trabajo a los solicitantes de protección internacional.
Las personas solicitantes de protección internacional serán autorizadas para trabajar en España en los términos que reglamentariamente se establezcan.


