Legislación › Ley 12/2009, de 30 de octubre, reguladora del derecho de asilo y de la protección subsidiaria.
Disposición Adicional Sexta. Colaboración con las Organizaciones No Gubernamentales.
Disposición Adicional Sexta. Colaboración con las Organizaciones No Gubernamentales.
Los poderes públicos promoverán la actividad de las asociaciones no lucrativas legalmente reconocidas entre cuyos objetivos figuren el asesoramiento y ayuda a las personas necesitadas de protección internacional. Sus informes se incorporarán a los oportunos expedientes de solicitudes de protección internacional incoados por el Ministerio del Interior.
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