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Legislación › Orden INT/2936/2009, de 27 de octubre, por la que se crea el registro electrónico de la Guardia Civil.

Artículo 5. Funcionamiento del Registro Electrónico de la Guardia Civil.

Artículo 5. Funcionamiento del Registro Electrónico de la Guardia Civil.

1. Cualquier escrito, solicitud o comunicación que el interesado presente ante dicho Registro no relacionado con los procedimientos y actuaciones citados en el apartado primero del articulo 3 de esta Orden, no producirá ningún efecto y se tendrá por no presentada.

Dicha circunstancia será comunicada al interesado, indicándole los registros y lugares que para su presentación habilita el apartado cuarto del artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

2. La presentación por medios electrónicos de solicitudes, escritos y comunicaciones en el Registro Electrónico de la Guardia Civil tendrá carácter voluntario para los interesados, siendo, por tanto, alternativa a la utilización de los lugares de presentación señalados en el apartado cuarto del artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, con las excepciones contempladas en el artículo 27 de la Ley 11/2007, de 22 de junio.

3. Podrán aportarse documentos que acompañen a la correspondiente solicitud, siempre que cumplan los estándares de formato y requisitos de seguridad que se determinen en los Esquemas Nacionales de Interoperabilidad y de Seguridad. El Registro Electrónico de la Guardia Civil generará recibo acreditativo de la entrega de estos documentos que garantice la integridad y no repudio de los documentos aportados.

4. Si, por cualquier causa, el sistema de información no permitiera la aportación directa de la documentación a que se refieren los apartados anteriores, el interesado podrá realizarlo en cualquiera de los registros administrativos previstos en el apartado segundo. En dicha documentación se hará mención al número o código de registro individualizado asignado por el Registro Electrónico de la Guardia Civil.

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