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Legislación › Orden INT/2936/2009, de 27 de octubre, por la que se crea el registro electrónico de la Guardia Civil.

Disposición final primera. Habilitación para el desarrollo reglamentario.

Disposición final primera. Habilitación para el desarrollo reglamentario.

Se habilita al Director General de la Policía y de la Guardia Civil para desarrollar lo dispuesto en la presente Orden y para modificar la relación de los trámites y procedimientos incluidos en su Anexo.

En todo caso, la adopción de nuevos trámites, procedimientos y modelos normalizados o la modificación de los actuales será difundida a través de la dirección electrónica de acceso al Registro Electrónico de la Guardia Civil.

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